
UN PASO A LA LEGALIDAD
En la tarde de hoy jueves, 7 de enero, el Concejo de Representantes aprobó la modificacion de la ordenanza n°6149 que regula los alquileres temporarios de hasta dos unidades. Entre sus aspectos más sobresalientes -y que fueran incluidos a solicitud de ASHOGA- se encuentra la reforma del artículo 3º, el cual incluye dentro de las responsabilidades a los intermediarios, sean "propietarios, usufructuarios, cesionarios, fiduciarios, condominio, apoderados y quienes administren, gestionen, exploten y/o comercialicen bajo cualquier título un inmueble en la modalidad locativa definida en el Artículo 2° de la presente ordenanza, en el ámbito de la Ciudad de Villa Carlos Paz independientemente del domicilio o lugar de contratación". La medida alcanza a las plataformas digitales que ofrezcan propiedades en la ciudad, las cuales deberán garantizar la habilitación de las unidades ofrecidas. Expresa que "la plataforma Digital interviniente que infrinja la presente normativa será sancionado con una multa que tendrá un valor equivalente a 2000 hasta 5000 litros de nafta súper de YPF – Estación oficial ACA-. Por cada reincidencia estos valores aumentaran al doble". Esto representa "un paso histórico en pos de terminar con los alojamientos informales que tanto daño hacen a la actividad turística", sostuvo el presidente de ASHOGA, Leonardo González. Destacó ”la labor de los concejales como Mariano Melana y Sebastián Guruceta, que supieron interpretar las necesidades del sector y convertir en ley una demanda que creemos, contribuirá a ordenar la oferta de alojamiento en Villa Carlos Paz" Adjuntamos texto completo de la Ordenanza. Saludos cordiales.
COMISIÓN DIRECTIVA ASHOGA