Dentro de la nómina de un trabajador están las deducciones por cotización a la Seguridad Social, entre las que se encuentran las cotizaciones por desempleo.
Cuando nos quedamos en paro podemos cobrar esta prestación contributiva durante cierto tiempo, siempre y cuando cumplamos unos requisitos.
A continuación, explicaremos quién tiene derecho a paro, cuánto se cobra y cómo se gestiona, entre otros aspectos.
Contents
- 1 Me han despedido, ¿y ahora qué?
- 1.1 Requisitos para cobrar la prestación por desempleo
- 1.2 Cómo saber cuánto paro me corresponde
- 1.3 Mínimo y máximo según el IPREM
- 1.4 Por cuánto tiempo tengo paro
- 1.5 Cómo puedo ir al paro, qué tengo que pedir
- 1.6 Documentación necesaria
- 1.7 Cómo prevenir la situación
- 1.8 Cómo completar el paro con ahorro o plan de contingencia
- 1.9 Seguros de desempleo
- 2 Subsidios por desempleo del SEPE: ¿cuánto tiempo duran y cuánto dinero se cobra?
- 3 Cuánto hay que cotizar para cobrar el máximo de paro: estos son los requisitos para recibir más de 1.500 euros al mes
- 4 Te explicamos todo sobre la prestación por desempleo
- 5 Cuánto tiempo se cobra el subsidio por desempleo y cómo hacer que dure más
- 6 Requisitos para cobrar el paro, duración y cuantía | 2022
- 6.1 Clases de desempleo
- 6.2 Nacimiento del derecho a la prestación por desempleo
- 6.3 Duración del paro
- 6.4 Consideraciones a tener en cuenta
- 6.5 Cuantía de la prestación
- 6.6 Cuantía mínima y máxima 2020, 2021 y 2022
- 6.7 Preguntas frecuentes respecto a la prestación por desempleo
- 6.8 ¿Qué hacer si la empresa no me entrega la documentación necesaria para solicitar la prestación por desempleo?
- 6.9 ¿Tengo derecho a desempleo después de una baja voluntaria?
- 6.10 ¿Que pasa si tengo un trabajo a tiempo parcial?
- 6.11 ¿Qué pasa si no tengo cotizado lo suficiente para el paro?, o ¿Si agoto el paro tengo derecho a subsidio?
- 7 Prestación por desempleo ¿Tienes derecho a solicitarla?
Me han despedido, ¿y ahora qué?
El despido puede ser un momento duro para un trabajador, al ver truncadas sus expectativas de futuro e incrementarse la incertidumbre.
Para mitigar en parte esta situación se creó el seguro de desempleo, que ya tuvo su antecedente en 1931 con la llamada Caja Nacional contra el Paro Forzoso, y posteriormente se ampliaría en el marco de la Ley 62/1961, de 22 de julio, por la que se implanta el Seguro Nacional de Desempleo.
Una vez superado el shock inicial, es recomendable comenzar los trámites para cobrar el paro, si se tiene derecho a él. El plazo para solicitar el paro son quince días hábiles a partir del día siguiente a la fecha del despido o terminación de contrato.
Si tenía vacaciones sin disfrutar, en esos días que le quedan el empleado seguirá de alta en la Seguridad Social, por lo que el plazo comenzaría a contar cuando se terminen, que es cuando se producirá el cese efectivo, pasando el trabajador a la situación legal de desempleo.
Requisitos para cobrar la prestación por desempleo
Lo primero es saber si hay derecho a paro. Estos son los requisitos para cobrar la prestación por desempleo:
- Encontrarse en situación legal de desempleo, es decir, que haya sido por despido, finalización de la relación por fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario, finalización del contrato, cese al no superar el período de prueba, suspensión o reducción de la jornada por ERTE, o por decisión del trabajador motivada por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, falta de pago o retraso continuado en el pago de las nóminas o traslado del centro de trabajo que implique cambio de residencia. Por el contrario, no se tiene derecho a paro si el trabajador renuncia voluntariamente, esto es, tanto si ya tiene ese puesto de trabajo como si estaba en el período de prueba, o si se rechaza una prórroga de un contrato temporal.
- Haber cotizado al menos 360 días en los 6 años previos a la situación legal de desempleo.
- Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante el período en el que se cobra esa prestación.
- No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.
- No realizar actividad a tiempo completo (ni por cuenta propia ni ajena), salvo que se haya establecido reglamentariamente alguna compatibilidad para casos específicos.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
Cómo saber cuánto paro me corresponde
En España, la cobertura del paro es amplia en comparación con otros países, tanto en el importe como en el tiempo que se puede cobrar.
El importe del paro se calcula en función de la base reguladora del trabajador, tomando la base media de cotización durante los últimos seis meses (excluidas horas extraordinarias, si las ha hecho).
- Los primeros 6 meses de paro, cobrará un 70% de esa base media de cotización.
- A partir del séptimo mes, cobrará un 50%.
Mínimo y máximo según el IPREM
Además, existen unas cantidades mínimas y máximas que no se pueden sobrepasar que se calculan en función del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Este indicador se sitúa en el año 2022 en 19,30 euros diarios, o 579,02 euros mensuales.
El mínimo a cobrar sería el 80% del IPREM + 1/6, es decir 540,41 euros.
En cuanto al importe máximo de paro, varía según el número de hijos:
- Personas sin hijos: 175% del IPREM + 1/6: 1.182,16 euros en 2022.
- Con un hijo: 200% del IPREM + 1/6: 1.351,04 euros en 2022.
- Con dos o más hijos: 225% del IPREM + 1/6: 1.519,92 euros en 2022.
Para obtener una información más detallada, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal, antiguamente llamado INEM) tiene un simulador para calcular las prestaciones por desempleo.
Por cuánto tiempo tengo paro
La norma general son cuatro meses de paro por año trabajado, calculado en intervalos de medio año; esta es la tabla por días o por años trabajados:
Días de cotización | Prestación en días | Prestación en meses |
De 360 a 539 (De 1 a 1,5 años) | 120 días | 4 |
De 540 a 719 (entre 1,5 y 2 años) | 180 días | 6 |
De 720 a 899 (De 2 a 2,5 años) | 240 días | 8 |
De 900 a 1079 (entre 2,5 y 3 años) | 300 días | 10 |
De 1.080 a 1.259 (De 3 a 3,5 años) | 360 días | 12 |
De 1.260 a 1.439 (entre 3,5 y 4 años) | 420 días | 14 |
De 1.440 a 1.619 (De 4 a 4,5 años) | 480 días | 16 |
De 1.620 a 1.799 (entre 4,5 y 5 años) | 540 días | 18 |
De 1.800 a 1.979 (De 5 a 5,5 años) | 600 días | 20 |
De 1.980 a 2.159 (entre 5,5 y 6 años) | 660 días | 22 |
Desde 2.160 (más de 6 años) | 720 días | 24 |
Cómo puedo ir al paro, qué tengo que pedir
Para solicitar el paro, hay que realizar el trámite a través del servicio de empleo, y se puede:
Documentación necesaria
- La identificación del solicitante (habitualmente, el DNI).
- Libro de familia, para el cálculo de la prestación, en el caso de tener hijos.
- Convenio regulador en caso de divorcio o separación.
- La tarjeta del paro, actualmente llamada DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda), que demuestra la inscripción como demandante de empleo y se obtiene inscribiéndose en el Servicio Autonómico de Empleo, lo que se conocía como «apuntarse al paro». Este es un documento que hay que ir renovando cada tres meses mientras se está cobrando la prestación («sellar el paro» o «renovar el paro»), trámite que también se puede hacer a través de internet si se dispone de identificación segura, y que, en caso de no hacerlo o realizarlo tarde, puede ocasionar sanciones por parte del SEPE.
- Certificado o certificados de empresa correspondientes a los últimos seis meses. La propia empresa los facilita o los habrá remitido telemáticamente al servicio de empleo.
- Un número de cuenta bancaria en el que el solicitante sea titular.
- Otros documentos que puedan ser necesarios, como resoluciones judiciales en relación con la finalización del contrato, actas de conciliación, etcétera.
Cómo prevenir la situación
Aunque en ocasiones podamos tener indicios de que puede suceder, la situación de paro es difícil de prever, por lo que lo mejor que podemos hacer es gestionar nuestras finanzas de manera previsora, para que si se da esta circunstancia podamos afrontarla con cierta tranquilidad.
El fondo de emergencia es un concepto que todo ahorrador/inversor debería tener en mente; se trata de reservar una parte de nuestros ingresos de manera recurrente, que nos permita contar con un colchón ante cualquier imprevisto.
Como orientación, una cifra razonable podría ser ahorrar todos los meses un 10% de los ingresos, siempre que se pueda, siendo importanteapartar esa cantidad antes de cualquier gasto.
Resulta útil llevarlos a una cuenta sin cargo de recibos, a un plan de ahorro… El objetivo del fondo de emergencia es conseguir acumular varios meses de libertad financiera; por ejemplo, si gastamos 1.200 euros al mes y logramos reunir 6.
000 euros, tendríamos cubiertos 5 meses.
La gestión de las inversiones también puede ser un tema a tener en cuenta. El equilibrio entre riesgo, rentabilidad y liquidez es fundamental en una situación de pérdida de empleo, además de una adecuada diversificación de la cartera; por ejemplo, teniendo al menos una parte de la inversión en activos líquidos y más seguros, aunque sean menos rentables.
Por el contrario, si invertimos en una gran proporción en activos poco líquidos, más difíciles de vender, o que tienen una gran variabilidad, podríamos vernos obligados a vender a pérdidas si necesitamos el dinero.
Cómo completar el paro con ahorro o plan de contingencia
Si hemos hecho los deberes previamente, es posible que podamos salvar el mal trago del desempleo de una mejor manera.
Hay que tener en cuenta que, en el mejor de los casos, estaremos cobrando un importe notablemente inferior al que veníamos percibiendo.
En cambio, si disponemos de un buen colchón de ahorros o, por ejemplo, de otras vías de ingresos (intereses, dividendos, etcétera), la situación será más llevadera.
Seguros de desempleo
También existen los llamados seguros de desempleo, una modalidad por la que, a cambio de una prima —mensual o en un pago único— tendremos cierta protección en caso de quedarnos en desempleo; en ocasiones, también se conocen como seguros de protección de pagos, porque el seguro cubre algunos recibos concretos (la hipoteca, el pago de un coche…).
Subsidios por desempleo del SEPE: ¿cuánto tiempo duran y cuánto dinero se cobra?
El subsidio por desempleo es la ayuda a la que tienen acceso las personas sin empleo, sin recursos y con responsabilidades familiares que ya hayan agotado la prestación contributiva o paro. Como consecuencia de la pandemia y de los problemas económicos derivados de la misma, muchas familias han tenido que acogerse a esta gratificación para poder subsistir.
El subsidio por desempleo tiene una duración de seis meses, aunque puede ser prorrogable hasta los 18 meses. El tiempo durante el que se extenderá la prestación dependerá de una serie de condiciones:
- Desempleados que han agotado la prestación por desempleo y tienen responsabilidades familiares. Si son mayores de 45 años pueden llegar a prorrogar hasta entre 24 y 30 meses, mientras que en menores de 45 podrá prorrogarse hasta los 24 meses.
- Desempleados que han agotado la prestación por desempleo, no tienen responsabilidades familiares y superan los 45 años tendrán derecho al subsidio 6 meses prorrogables.
- Desempleados que han agotado la prestación por desempleo, no tienen responsabilidades familiares y son menores de 45 años tendrán derecho a 6 meses no prorrogables.
- Los parados no inscritos como demandantes de empleo en el plazo de un mes, que estén legalmente desempleados y que no tengan derecho a la prestación contributiva tienen que haber cotizado al menos seis meses si no tienen responsabilidades familiares y, al menos tres si las tienen. En este segundo supuesto, el subsidio durará tantos meses como el tiempo cotizado hasta que se superen los 6 meses de contribución, ya que entonces el subsidio duraría 21 meses.
- En personas mayores de 52 años, el subsidio podrá ampliarse hasta que el trabajador llegue a una edad que le permita tener una pensión.
- El subsidio especial para mayores de 45 años durará 6 meses.
- El subsidio en trabajadores fijos discontinuos de más de 45 años y que han agotado la prestación por desempleo se extenderá tanto tiempo como se haya cotizado el año anterior.
El dinero recibido por los subsidios por desempleo asciende hasta los 451,92 euros mensuales. No obstante, solo tendrán acceso a la cantidad completa los ciudadanos que hayan terminado un contrato de jornada completa. Esta cantidad se dividirá proporcionalmente a las horas trabajadas por el solicitante.
La prestación, que se recibe todos los meses, está compuesta en un 80% del llamado Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este indicador, que sirve para calcular la revalorización de las prestaciones sociales, ha subido en 2021 un 5%, lo que ha generado que la cantidad a recibir por los subsidios haya aumentado en el último año.
Cuánto hay que cotizar para cobrar el máximo de paro: estos son los requisitos para recibir más de 1.500 euros al mes
Las personas que se quedan sin trabajo dependen del subsidio por desempleo para llegar a fin de mes.
Para cobrar esta prestación del SEPE es necesario haber cotizado al menos durante 360 días. Esto te da derecho a cobrar el paro como poco durante 4 meses.
No todo el mundo recibe la misma cantidad de paro: el importe depende de lo que hayas estado cotizando a la Seguridad Social.
La cuantía máxima de la prestación por desempleo en 2022 es de 1.519,92 euros al mes, más elevada de lo que era en 2021, cuando se situó en 1.482,42 euros mensuales.
- Cómo sellar el paro por el móvil: así debes renovar la demanda de empleo para seguir cobrando el subsidio del SEPE
- Además, el importe mínimo es de 540,41 euros al mes, aunque en caso de tener hijos se eleva hasta los 722,80 euros mensuales.
- Cualquier persona que se haya quedado sin trabajo quiere aspirar el máximo dinero posible en el paro, de este modo, la transición hasta encontrar un trabajo nuevo se hace más sencilla.
- Sin embargo, los requisitos para ello no son fáciles de cumplir, sobre todo en lo que se refiere a la cotización.
- A continuación, se detalla cuánto hay que cotizar para cobrar el importe máximo de la prestación por desempleo.
¿Cuánto hay que cotizar para cobrar el máximo de paro?
El primer requisito es haber cotizado al menos durante 360 días, lo que te da derecho a tener paro durante 4 meses.
Además, esta cotización tiene que cubrir al menos los 6 meses anteriores a haber solicitado el subsidio por desempleo.
El siguiente requisito es tener al menos 2 hijos: de lo contrario la cantidad máxima de paro baja desde los 1.519,92 euros al mes a los 1.182,16 euros mensuales si no tienes hijos.
Otra exigencia es que resulta necesario haber trabajado a tiempo completo para alcanzar este tope, y haberlo hecho por una base de al menos 2.170 euros brutos al mes.
- Cómo saber si el SEPE te ha aprobado la solicitud de paro: este es el plazo que tiene para responder
- Si has estado ganando un sueldo mayor debes saber que no te corresponderá más cantidad de paro: en ningún caso es posible superar la cuantía máxima.
- Por último, conviene saber que la cuantía se reduce al 50% de la base reguladora una vez han transcurrido los primeros 6 meses sin trabajo.
- Tampoco puedes cobrar la prestación del SEPE durante más de 2 años seguidos, y para ello es necesario haber trabajado un mínimo de 6 años.
- El SEPE dispone de un simulador para que sepas cuánto paro te corresponde según lo que hayas cotizado.
Te explicamos todo sobre la prestación por desempleo
Mientras se cobra esta prestación, ¿se cotiza a la Seguridad Social?
Si. En la prestación contributiva se cotiza. El SEPE (INEM) paga el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social y por otro lado, el trabajador paga su cuota también, que es el 4.7 % de la base reguladora. El SEPE lo abona todo a la Seguridad Social y la parte del trabajador se la descuenta de la nómina de la prestación, además del IRPF correspondiente.
Plazos y procedimiento para pedir la prestación por desempleo
Necesariamente hay que hacer dos trámites:
- Primero: Inscribirse como demandante de empleo, es decir, obtener la tarjeta del paro.
- Segundo: Solicitar la prestación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado. No se cuentan los sábados, domingos ni festivos. Si la empresa le ha pagado las vacaciones por no haberlas disfrutado, se cuentan como días en activo y para pedir el paro habrá que esperar a que pasen esos días. Sobre los plazos, tiene información adicional aquí > plazos para pedir el paro
¿Dónde se solicita esta prestación por desempleo?
Hay dos formas de pedir la prestación:
A) En las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En todas las oficinas de España es obligatorio solicitar cita previa por teléfono o por Internet.
B) O pedir la prestación a través de internet, en el portal del SEPE (INEM). Este es el enlace vigente > solicitar prestación por internet
Documentación necesaria
1) Para pedir la prestación económica es obligatorio tener la tarjeta del paro, es decir, haberse inscrito previamente como demandante de empleo ( ¿cómo inscribirse?). Sin esta tarjeta el SEPE no puede tramitar ninguna solicitud.
2) Cumplimentar el impreso oficial de solicitud de la prestación contributiva-. El impreso se entrega en las oficinas de empleo o bien se puede descargar desde este enlace: Impreso para solicitud de la prestación contributiva (pdf).
El impreso lleva incorporada la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
3) Documentos de identificación vigentes (DNI, NIE o pasaporte) del solicitante y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud (bastará con la exhibición de los documentos) y Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros, legalizado y traducido.
4) El certificado de empresa, de todas aquellas en las que se haya trabajado durante los últimos seis meses.
Lo cierto es que la mayor parte de las empresas lo envían por vía telemática al SEPE y no se lo entregan en mano al trabajador (+información) Solo en el caso de que la empresa no lo envíe al SEPE, el trabajador lo tendría que llevar en mano, firmado y sellado, en el momento de hacer la solicitud de la prestación.
5) Contratos de trabajos a tiempo parcial que haya tenido en los últimos 6 años anteriores al cese. Esto suele ser necesario para calcular los días cotizados por el hecho de haber trabajado con parcialidad..
Cuánto tiempo se cobra el subsidio por desempleo y cómo hacer que dure más
Una de las ayudas más solicitadas al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el subsidio por desempleo, que se gestiona a favor de las personas que han agotado sus prestaciones contributivas y tienen que demostrar que tiene ciertas cargas familiares.
En este sentido, el solicitante debe ser el encargado principal de un cónyuge o de un hijo menor de 26 años (incluso si es adoptado o un menor acogido).
La misma responsabilidad aplica si este es mayor de edad con una discapacidad que dependa económicamente del interesado.
Otro requisito importante es la falta de ingresos. El solicitante no debe tener tener rentas de ningún tipo que sumen más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, debe estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el compromiso de actividad.
Otros requisitos
El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es la base sobre la cual se calcula la cuantía de las prestaciones, que equivalen al 80% del mismo, es decir, 463,21 euros al mes a partir de 2022. Este porcentaje se reduce si la prestación contributiva dependía de una relación laboral con una jornada parcial.
En principio, la ayuda que corresponde al subsidio por desempleo tiene una duración máxima de seis meses, aunque se puede prorrogar cada semestre, y dependerá de la edad del solicitante y de cuánto duró la prestación por desempleo que haya agotado. Los menores de 45 años podrán totalizar 18 meses si la prestación agotada fue de al menos cuatro meses, pero la cifra aumenta hasta 24 meses si la prestación supera los seis meses.
En cambio, los mayores de 45 años pueden totalizar 24 meses tras agotar una prestación de cuatro meses como mínimo y 30 meses si la prestación fue de más de seis meses. En el caso el caso de los trabajadores fijos discontinuos, podrán totalizar la misma cantidad de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
Requisitos para cobrar el paro, duración y cuantía | 2022
NOTA IMPORTANTE, el IPREM, (indicador de rentas de efectos múltiples) ha aumentado un 2,5% en el año 2022 y con ello los límites de la prestación de desempleo.
Tras la pérdida del empleo por una causa no imputable a la persona trabajadora, ésta tiene derecho a la prestación por desempleo siempre que haya cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
En este sentido, se puede solicitar el paro después de cualquier despido, independientemente de la causa de contrato, o fin de contrato.
Por otro lado, no se tendrá derecho a solicitar el paro tras una baja voluntaria o un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador. En esos casos, si quieres conocer cuando se puede cobrar el paro te recomiendo que leas este artículo.
En resumen, si se tiene cotizado más de 360 días en los últimos seis años se tendrá derecho a desempleo, ahora detallaremos en que condiciones.
Si no se tiene ese tiempo de cotización, o ya se ha agotado el paro se podrá solicitar un subsidio en función de la situación personal.
Clases de desempleo
Atendiendo a las necesidades de la persona trabajadora, existen dos tipos de desempleo:
- Desempleo total, cuando el trabajador cesa con carácter temporal o definitivo la actividad que venía desarrollando, y sea privado de su salario. Situación que puede ser provocado por un despido, un fin de contrato o un ERE de suspensión.
- Desempleo parcial, cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo y su salario, entre un mínimo de 10% y un máximo de 70%, siempre que exista un ERTE.
Además, se puede compatibilizar el cobro del paro con otro trabajo como explicamos en este artículo.
Nacimiento del derecho a la prestación por desempleo
Como hemos indicado anteriormente, el requisito principal es tener cotizado un período mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
Los principales casos en los que se solicita la prestación por desempleo son los siguientes:
- Cuando se extinga la relación laboral con la empresa, ya sea despido o fin del contrato.
- Reducción de jornada ordinaria de trabajo y de salario por un ERTE.
- Trabajadores fijo discontinuos incluidos lo que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, en los periodos de inactividad productiva.
- Estos trabajadores deberán solicitarlo en un plazo de 15 días hábiles desde que se produce la situación legal de desempleo, suscribiendo el compromiso de actividad.
- No obstante, en caso de que se haya impugnado judicialmente la extinción de la relación laboral, también se podrá solicitar en el plazo de 15 días tras la finalización del procedimiento como explicamos en este artículo.
- Solicitado el paro fuera de plazo, perderá el dinero proporcional a dicho retraso.
Duración del paro
Hay que cotizar un mínimo de 360 días para tener derecho a la prestación por desempleo en los últimos seis años.
El periodo mínimo de derecho a la prestación por desempleo en su nivel contributivo, es de 4 meses con un máximo de dos años en función del periodo de cotización como se indica en la siguiente tabla (recogido en el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social):
Periodo de cotización en días | Periodo de prestación en días | Periodo de prestación en meses |
Desde 360 hasta 539 | 120 | 4 |
Desde 540 hasta 719 | 180 | 6 |
Desde 720 hasta 899 | 240 | 8 |
Desde 900 hasta 1.079 | 300 | 10 |
Desde 1.080 hasta 1.259 | 360 | 12 |
Desde 1.260 hasta 1.439 | 420 | 14 |
Desde 1.440 hasta 1.619 | 480 | 16 |
Desde 1.620 hasta 1.799 | 540 | 18 |
Desde 1.800 hasta 1.979 | 600 | 20 |
Desde 1.980 hasta 2.159 | 660 | 22 |
Desde 2.160 | 720 | 24 |
Consideraciones a tener en cuenta
- Sólo se podrán contabilizar aquellos periodos de cotización que no hayan sido usados para cobrar el paro ni subsidio, es decir que no se hayan gastado ya para cobrar otro paro, tanto de nivel contributivo como asistencial.
- El tiempo cotizado correspondiente a tiempo parcial, o a trabajo con jornada reducida se computará como un día cotizado, independientemente de la jornada.
- El periodo que corresponde a las vacaciones generadas y no disfrutadas que se abonan en el finiquito se computará como periodo de cotización.
Cuantía de la prestación
Para conocer la prestación por desempleo que nos corresponde hay que calcular nuestra base reguladora.
Para ello hay que conocer la cotización por la contingencia por desempleo correspondientes a los últimos 180 días, en la nómina aparecerá como base contingencias comunes. A los efectos de la base reguladora no se incluirá en la misma las horas extraordinarias.
Todo estos datos el Servicio de Empleo Público los conoce por el certificado que remite la empresa, normalmente telemáticamente al SEPE.
Una vez conocida la base reguladora, la prestación se calcula de la siguiente manera:
- Se percibe como prestación de desempleo el 70% durante los primeros 180 días.
- Posteriormente, se percibe el 50% desde, esto es, desde el día 181.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que existen unos máximos y mínimos. Por ejemplo, aunque tengamos una base de 3.000 euros, no vamos a percibir 2.100 euros, sino el tope que indicamos a continuación.
Cuantía mínima y máxima 2020, 2021 y 2022
- En el año 2021 ha aumentado el IPREM hasta los 564,9 euros y un 2,5% en el año 2022 hasta los 579,02 euros.
- El IPREM es el índice de referencia que se utiliza para saber los importes máximos y mínimos de la prestación por desempleo.
- Sin embargo, este aumento sólo afectará a los trabajadores que empiecen a cobrar el paro en el año 2021 o 2022, ya que el artículo 270 de la Ley General de la Seguridad Social establece que: «se tendrá en cuenta el indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en el momento del nacimiento del derecho»
- En definitiva, los límites del IPREM están establecidos por el índice vigente en el momento del nacimiento del derecho.
Sin hijos | 1098,09 | 1153,34 | 1.182,17 |
Con un hijo | 1254,96 | 1318,1 | 1.351,05 |
Con dos o más hijos | 1411,83 | 1482,86 | 1.519,93 |
Sin hijos | 501,98 | 527,24 | 540,42 |
Con hijos a cargo | 671,40 | 705,18 | 722,81 |
Se considera hijos a su cargo, cuando estos cumplan unas determinados requisitos:
- Sean menores de 26 años o mayores con una incapacidad en grado igual o superior al 33%.
- Convivan con el beneficiario o tenga la obligación legal en virtud de una resolución judicial o un convenio regulador tras un divorcio o separación sostener económicamente al hijo.
- Carezcan de rentas iguales o superiores al SMI.
Preguntas frecuentes respecto a la prestación por desempleo
¿Qué hacer si la empresa no me entrega la documentación necesaria para solicitar la prestación por desempleo?
Si la empresa no remite el certificado de empresa para acreditar que se tiene derecho a prestación, así como la cuantía del mismo, el trabajador podrá solicitar igualmente la prestación indicando que carece de la documentación, para que sea el SEPE la que se la solicite a la empresa.
¿Tengo derecho a desempleo después de una baja voluntaria?
- No, no se tiene derecho a desempleo salvo que se haya dado una baja voluntaria una mujer que sea víctima de violencia de genero o víctima de violencia sexual que motive la extinción de la relación laboral.
- Por ello, después de una dimisión para tener derecho a desempleo, se ha de encontrar otro empleo y que éste no finalice por otra baja voluntaria o un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador.
- Si es la empresa la que indica el periodo de prueba no superado, deberán transcurrir más de tres meses desde la fecha de la baja voluntaria y el periodo de prueba no superado.
- En cualquier caso, recomendamos el siguiente artículo:
¿Que pasa si tengo un trabajo a tiempo parcial?
- Además de poder llegar a compatibilizar la prestación por desempleo como indicábamos al principio del artículo, los trabajadores a tiempo parcial pueden ver reducida su cuantía de paro en función de su coeficiente de parcialidad.
- Es decir, los cálculos y derechos son los mismos que los explicados en este artículo, pero los topes máximos y mínimos se reducen en la misma proporción que su coeficiente de parcialidad que aparece en el informe de vida laboral.
- Como es una cuestión algo más compleja, si quieres más información te recomiendo este artículo.
¿Qué pasa si no tengo cotizado lo suficiente para el paro?, o ¿Si agoto el paro tengo derecho a subsidio?
- Si hemos agotado el paro, o no tenemos cotizados el mínimo de 360 días en los últimos seis años, puede que tengamos derecho a un subsidio de desempleo cuya cuantía es el 80% del IPREM.
- En el año 2022, el importe del subsidio será de 463,22 euros, tras la subida del 2,5% del IPREM.
- Hay que tener en cuenta que si solicitamos el subsidio, ese tiempo de paro se consume, y no podremos usarlo para una futura prestación.
En cualquier caso, si por ejemplo tenemos cotizados seis meses, siempre tendremos derecho a ese subsidio.
De la misma manera, tendremos derecho si hemos cotizado tres meses y tenemos cargas familiares.
Si quieres conocer todos los subsidios que puede tener derecho por no tener cotizaciones suficientes o por agotar el desempleo, te recomiendo este artículo.
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Prestación por desempleo ¿Tienes derecho a solicitarla?
La prestación por desempleo se cobra cuando un trabajador ha perdido de forma no voluntaria su trabajo y ha cotizado al menos 360 días.
La cifra de parados al finalizar el cuarto trimestre de 2020 en España ascendía a 3.719.800 según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Los trabajadores que han quedado en esta situación pueden recibir lo que se denomina prestación por desempleo, es decir, una pensión contributiva que puede percibir todo trabajador que se quede en el paro y cumpla con los requisitos establecidos.
Antes de continuar explicándote qué características tiene esta prestación, requisitos y cantidades a percibir, debes saber que la prestación por desempleo se cobra cuando un trabajador ha perdido de forma no voluntaria su puesto de trabajo y ha cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
Requisitos de la prestación por desempleo
Tienes que saber que la prestación por desempleo contributiva tiene las siguientes características:
- Su duración se calcula en función de las cotizaciones de los últimos 6 años, si no se ha estado en paro con anterioridad.
- Si se ha trabajado a media jornada (20 horas semanales), cada dos días trabajados equivalen a 1 día cotizado.
- Su cuantía deriva de las bases de cotización, durante los últimos 6 meses cotizados, por lo que quedan fuera las horas extraordinarias.
- Durante los 180 primeros días, la cuantía asciende al 70% de la base reguladora; después, se percibe el 50%.
- Los importes no pueden ser superiores al tope máximo ni inferiores al mínimo establecido, que vienen determinados en relación a si hay hijos a cargo o no.
- Se aplican dos deducciones al importe bruto de la prestación:
- Retención del IRPF.
- Cotización a la Seguridad Social (4,7 % de la base reguladora).
Los pagos de la prestación por desempleo se realizan entre los días 10 y 15 de cada mes. En mensualidades de 30 días y el abono se efectúa a la entidad financiera indicada por el titular.
¿Es lo mismo prestación que subsidio de desempleo?
¿Cuándo se puede pedir el paro?
Para poder solicitar la prestación por desempleo debes cumplir una serie de requisitos:
- Poseer la acreditación de estar en situación de desempleo y acreditar la disponibilidad de búsqueda activa de empleo.
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social. En una situación en la que se contemple la situación de desempleo.
- Estar inscrito a lo largo del periodo de percepción de la prestación en el paro y mantener esta inscripción durante todo el proceso.
- En necesario tener cotizados por lo menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación de paro.
- No estar realizando actividad por cuenta propia o trabajos por cuenta ajena a jornada completa, salvo la situación excepcional de compatibilidad que establece el programa de fomento del empleo.
- No estar dentro de la edad de jubilación ni percibir una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
¿Por cuánto tiempo se cobra la prestación por desempleo?
Por cada año trabajado corresponden cuatro meses de paro. Con un máximo de dos años de disfrutar la prestación. Para determinar la duración de la prestación el SEPE aplicará esta escala:
¿Cuánto se cobra por el paro?
- Para realizar el cálculo de la prestación por desempleo, puedes acceder al programa de auto cálculo en la página del SEPE, que te facilitará la información necesaria sobre la duración de la prestación y el derecho a la cuantía a percibir que te podría corresponder.
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