Convertir el divorcio contencioso en divorcio de mutuo acuerdo

Convertir el divorcio contencioso en divorcio de mutuo acuerdo

El procedimiento de divorcio generalmente se convierte en una negociación constante por ambas partes. Fruto de esas negociaciones, un procedimiento que se inició de forma contenciosa se puede transformar en cualquier momento del proceso en un procedimiento de mutuo acuerdo. Es cierto que también puede ocurrir lo mismo pero al revés, que un procedimiento que comienza como mutuo acuerdo entre las partes, a medida que avance el procedimiento aumenten los enfrentamientos y se solicite su archivo para iniciar así un procedimiento contencioso.

Contents

Diferencias entre el divorcio contencioso y el de mutuo acuerdo

El procedimiento de mutuo acuerdo

Es aquel que inician ambas partes o una con el consentimiento del otro, donde solicitan que se dicte sentencia que ponga fin a su matrimonio y apruebe los acuerdos alcanzados por ambos cónyuges.

 En este tipo de divorcios ambas partes pueden compartir abogado y procurador para ahorrar costes, cuando el entendimiento es total desde el inicio.

Sin embargo, en el momento que sea necesaria una mínima negociación o que haya disparidad de criterios entre ambos cónyuges, lo más idóneo es que cada una de las partes tenga un abogado y lo que compartan sea procurador, cuando ya se haya alcanzando el acuerdo definitivo.

En este procedimiento, las partes aportarán el convenio regulador firmado por ambos que recoja todas las cláusulas concernientes a su matrimonio e hijos, en caso de tenerlos.

El procedimiento contencioso

Es aquel por el cual, ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo, una de las partes o las dos inician un procedimiento de divorcio cada uno exponiendo sus pretensiones y cada uno representado con un abogado y procurador. Tras la admisión de la demanda, se dará traslado a la otra parte para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles, a través de su representación letrada y procurador.

La demanda versará sobre una serie de cuestiones obligatorias, de las que hablaremos en el siguiente punto, y tras su admisión, será la contraparte la que deba contestar a la misma exponiendo sus pretensiones.

Finalmente, será su Señoría quien, tras celebrarse la pertinente vista y practicar la prueba propuesta por ambas partes, dictará sentencia estableciendo lo que a su juicio considere conforme a la legislación y jurisprudencia vigente.

Contra dicha sentencia cabrá recurso de apelación, a diferencia del procedimiento de mutuo acuerdo sobre el que no cabrá recurso alguno. Esto se debe a que ambas partes, al mostrarse de acuerdo con sus pretensiones y con el convenio firmado, renuncian a la posibilidad de interponer recurso, deviniendo así firme la sentencia.

Nuria Pérez Melego, de IENE Abogados, nos cuenta las fases de un divorcio contencioso.

Cláusulas obligatorias en el Convenio Regulador

El convenio regulador que se aporte junto a la demanda de divorcio de mutuo acuerdo deberá estar firmado en todas las hojas por ambos cónyuges y recogerá los siguientes puntos:

  • Patria potestad de los hijos comunes.
  • Guarda y custodia de los hijos comunes.
  • Régimen de visitas al que tendrá derecho el progenitor no custodio ( en el caso de custodia exclusiva): deberá desglosarse por periodo escolar, vacaciones de Navidad, vacaciones de Semana Santa y vacaciones de verano. Generalmente, se establecen vacaciones por mitad y en periodo escolar fines de semana alternos y un día o dos días intersemanales con o sin pernocta.
  • Pensión de alimentos para los hijos comunes. En este mismo apartado también deberán constar los gastos extraordinarios y el porcentaje que cada progenitor deberá abonar sobre los mismos.
  • Uso del domicilio conyugal.
  • Pensión compensatoria. Puede establecerse o no, según si el matrimonio ha causado un detrimento económico a una de las partes por haber apartado su vida laboral al haberse dedicado al cuidado exclusivo de la familia. En caso de no existir tal detrimento, deberá constar la cláusula estableciendo esto y solicitando no sea establecida pensión compensatoria alguna.
  • Régimen económico matrimonial. Es usual que matrimonios que se divorcian de mutuo acuerdo y que se rigen por el régimen de sociedad de gananciales, decidan liquidar la sociedad económico matrimonial en ese mismo acto mediante ese mismo convenio regulador. Es una forma ágil y económica de zanjar vínculos de una forma efectiva.

Solicitud de conversión y procedimiento

El procedimiento de divorcio iniciado de forma contenciosa suele ser un “tira y afloja” constante. Si en un determinado momento del proceso ambas partes llegan a un acuerdo en sus pretensiones, podrán solicitar la transformación del procedimiento a mutuo acuerdo.

De hecho, es muy frecuente que esta transformación del procedimiento se produzca en los días previos a la celebración de la vista. Esto es así ya que el procedimiento contencioso se inicia por demanda de una de las partes exponiendo sus pretensiones y tras su admisión se concede a la otra parte un plazo de veinte días hábiles para contestar exponiendo cuáles son las suyas.

Por ello, con todas las cartas sobre la mesa, las partes pueden negociar a través de sus respectivas representaciones letradas cuáles son los hechos no controvertidos -es decir, en qué puntos se está de acuerdo- y sobre cuáles puede negociarse.

Si finalmente se llega a un acuerdo en todos los puntos, se hará saber el acuerdo al juzgado correspondiente o incluso se podrá solicitar se suspenda el procedimiento por necesitar las partes más tiempo para negociar.

Dicha suspensión se solicitará al amparo de lo dispuesto en los artículos 19.4 y 179.2 de la LEC y podrá solicitarse su reanudación en cualquier momento tanto si las partes han logrado acuerdo como si no.

Requisitos del artículo 777 LEC  

El artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que dicha transformación podrá hacerse en cualquier momento si concurren los requisitos establecidos en el artículo 777 LEC. En resumen, estos requisitos son los siguientes:

  • Deberá aportarse convenio regulador con las pretensiones comunes firmado por ambas partes en todas sus hojas.
  • Se citará a ambas partes para ratificar dicho convenio regulador por separado.
  • En caso de existir hijos comunes o incapacitados, el tribunal necesitará del visto bueno del convenio regulador por parte del Ministerio Fiscal.
  • Si el convenio regulador aportado por las partes no fuera aprobado por el Tribunal en todo o en parte, se les concederá el plazo de diez días hábiles para proponer un nuevo convenio regulador.
  • Si finalmente dicho convenio regulador tiene el visto bueno de todas las partes, se dictará Sentencia contra la cual no cabrá recurso.

Esperamos que este artículo te haya sido de ayuda para saber que cualquier procedimiento de divorcio puede terminar en acuerdo. Para ello, lo ideal es que cuentes con una representación letrada que sepa llevar a cabo una buena negociación entre las partes. Puedes encontrar uno pinchando aquí.

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▷ ¿UN DIVORCIO CONTENCIOSO PUEDE RECONDUCIR A UN PROCEDIMIENTO DE MUTUO ACUERDO? ✅

A nadie le gusta tener que vivir un proceso contencioso de divorcio, en el que tener que airear las intimidades más turbias de la convivencia común.

Y por eso, una de las preguntas más habituales es ¿estando en proceso contencioso se puede transformar en mutuo acuerdo?

La respuesta es clara. SI. Por supuesto que sí. El proceso de familia busca hasta el último momento alcanzar acuerdos.

Para entender como se lleva a cabo este trámite nada mejor que una historia real.

– Javier llevo más de una semana sin dormir. Estoy atacada y muy agobiada, y no dejo de darle vueltas a que a primeros de septiembre tenemos el juicio. Me va a dar algo, no se si voy a poder soportarlo.”

¿Y si le dan la custodia compartida? ¿Qué va a ser de mis hijos? Si este hombre es un auténtico desastre. Si cuando éramos novios y se venía a pasar el fin de semana a mi pueblo, la maleta se la hacia su madre. Y desde que estamos juntos soy yo la que se la prepara.

¡Madre mía, madre mía! Si no es capaz ni de cambiarle la muda al niño cuando se va con él el fin de semana. El nene me dice que su padre le acuesta con la Tablet y, claro, él ésta enganchado hasta que se cae de sueño.

Ayer eran las 3 de la madrugada y el nene salía a buscarme de su habitación porque tiene todos los horarios trastocados.

¡Pero es que este hombre no ve que no puede dejarle la responsabilidad a un niño de 6 años de decidir cuándo debe acostarse a dormir!

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– Tienes que estar tranquila. Sé que vas a pasar un mes horrible, y la semana antes del juicio te la vas a pasar sin poder dormir, pero, hazme caso, confía en mí. Este señor no quiere la custodia compartida, es una estrategia para no pagar la pensión de alimentos.

Te aseguro que no tiene ninguna intención de conseguir la custodia compartida.

Llevo años ayudando a padres a conseguir la custodia compartida, y cuando realmente quieres estar junto a tus hijos, día a día, haces lo imposible.

Si de verdad su intención fuera esa, ya estaría de alquiler muy cerca de tu casa y trataría de ver y estar con los niños cuanto más tiempo mejor. Y a este le falta tiempo para tener excusas y no ver a los niños.

https://youtu.be/ccwl9LCKpgQ

Te lo he dicho cientos de veces desde que empezamos. Si dijeras ante el juez que en cuanto se traslade, como dice, a tu localidad a vivir, que aceptas la custodia compartida, y le das a los niños para que se haga cargo su semana, le da un patatús, porque realmente no quiere la custodia compartida. Solo está usando tu mayor miedo para que tú aceptes un importe super rebajado de la pensión.

Es triste, pero su única intención ha sido alargar al máximo el tener que hacer frente a sus responsabilidades económicas como padre. Lo que más le importa realmente es el dinero. Tú lo conoces mejor que yo. ¿No es así? Lo único malo es que tu llevas fatal lo del juicio y ese mal trago no te lo va a quitar nadie.

¿Qué te parece si escribo por mail a su abogado y aprovecho para reabrir un intento de acuerdo? No perdemos nada y si llegamos a un acuerdo te evitas el mal trago que vas a pasar, aunque ya te aseguro que si tuvieras la fuerza de esperar al mismo día del juicio ibas a conseguir mucho más, pero claro, a veces no compensa con el mal rato que vas a vivir.

– Sí, por favor, inténtalo, porque yo me voy a morir. Necesito que esto se acabe ya.”

Lo hemos escrito y dicho en videos, en nuestro canal de YouTube, infinidad de veces, pero casos como el que estamos viviendo esta semana nos lo confirman. El dinero, y sobre todo el importe de la pensión de alimentos, sigue siendo el elemento de conflicto que dificulta el alcanzar acuerdos que evitan terminar enfrentados en el juzgado.

Y en muchas ocasiones, el ego incluso provoca que teniendo cerrado y negociado un acuerdo el día antes del juicio, se rompa todo lo negociado y se termine acudiendo a juicio.

Desde septiembre de 2019, que esta pareja rompió su relación de pareja, hasta el pasado mayo de 2020, en que, tras el confinamiento, presentamos la demanda en los juzgados, se estuvo tratando de alcanzar un mutuo acuerdo de divorcio.   

El problema no era quién se debía quedar la custodia. El problema era el importe de la pensión mensual de alimentos. Cerca de un año después volvíamos al mismo punto y esta vez su oferta subía la ridícula cantidad de 5 €.

Todavía se alejaba en exceso de un importe acorde a los datos económicos de ambos padres.

Incluso estaba muy por debajo del llamado “mínimo vital”, la cuantía mínima de pensión de alimentos que suele fijarse en los juzgados ante situaciones de pocos recursos económicos.

https://youtu.be/Nmve0VEtERA

Cuando negocias un posible acuerdo de divorcio debes de tener muy presente cual es tu techo mínimo de negociación, aquella cantidad que de no alcanzarse en la negociación hace completamente inviable continuar negociando e indica que es mucho mejor acudir a juicio.

En Casasempere abogados siempre decimos que el juicio no es la mejor solución, aunque en ocasiones es el único camino para desatascar negociaciones. Cuando las posturas están tan alejadas de un importe justo, el mejor camino es el juzgado.

Y cuando tienes por costumbre pedir en tus demandas importes ajustados a la realidad de los ingresos de ambos padres, no tienes ningún miedo de defender y solicitarlo ante la sala de vistas.

Nuestra petición estaba en 275 € por niño.

La herramienta de cálculo de la pensión de alimentos, del Consejo General del Poder Judicial, indicaba con los datos económicos un importe de 318 € mes en total para los dos hijos, a lo que había que añadir el hecho de que la madre no ocupaba ninguna vivienda familiar, y que un alquiler medio en la población de residencia de los menores rondaba entre un mínimo 350 a 500 €, por lo que subir un mínimo de 200 € el importe de la pensión no era nada descabellado ni atrevido. Nuestra solicitud era ajustada y proporcionada.

“¿Cuál es el importe mínimo con el que podrías cubrir todo y estar satisfecha?

-Javier, sé que él no me va a pagar nada de las actividades extraordinarias. Va a poner mil excusas y no tengo ganas de estar todo el día de juicios con él. Con 400 € mes y mi trabajo puedo cubrir todas las necesidades de mis hijos.

-Es justo el importe que te iba a proponer pedirle. Es un importe que se acerca mucho al mínimo vital, que suele establecer en el juzgado de 180 € por hijo en caso de carecer de ingresos. Y estamos haciendo una más que considerable rebaja en nuestra petición.

-Javier, ¿crees que podemos llegar a un acuerdo?

-Piensa que él también tiene mucho que perder si llegamos a juicio. Hemos solicitado la pensión con efectos retroactivos y su mayor dolor es el bolsillo. Si no ha pagado ni un euro hasta ahora, precisamente, para alargarlo y ahorrarse cuantos más meses mejor.

  • Lanzada y enviada la contraoferta por mail ya sólo quedaba esperar, mientras tanto, lo mejor era seguir terminando otras demandas.
  • De repente en el grupo de whatsapp del despacho un compañero indica
  • -¿Habéis visto el mail del abogado contrario al juicio del lunes?

Cuando estás a una semana de la vista en Casasempere abogados activamos lo que nosotros llamamos el modo “apellido del cliente”. Significa que en esa semana ese concreto cliente, o esos concretos clientes, tienen prioridad absoluta en las listas de tareas diarias.

Pese a lo esperado aceptaban la oferta en relación al importe de la pensión. Por fin parecía que íbamos a poder cerrar con acuerdo.

  1. Informamos a nuestra clienta a través del grupo exclusivo de whatsapp que creamos con ella y el equipo legal, y su respuesta no tardo en llegar.
  2. -Gracias, por fin voy a poder descansar.
  3. A la mañana siguiente, la prioridad era redactar el texto de la propuesta de convenio regulador, para dejar cerrado antes del fin de semana el contenido del acuerdo.
  4. Ahora tocaba lanzar otro matiz, el pago de la pensión con efectos retroactivos y que el padre se hiciera cargo del 50% de gastos de dentista, análisis clínicos y vacunas, que durante estos meses se había tenido que hacer cargo la madre sin su ayuda.
  5. Tras más de una hora al teléfono explicando a nuestra clienta punto por punto las cláusulas y los posibles riesgos de la nueva petición a incluir en el acuerdo, el convenio estaba perfecto para ser enviado y esperar los matices del contrario.

-Javier por favor, que esta petición no suponga la ruptura del acuerdo. Lo más importante para mí es que los niños estén conmigo.

-Sí, no te preocupes, lo voy a explicar como un detalle adicional. No nos quitemos posibilidades. Es justo que, si no quiere pagar el total de las pensiones atrasadas, al menos, consigamos el pago del 50 % de los gastos de comedor y guardería.

-Javier, y ahora que va a haber acuerdo ¿qué ocurre el lunes?

Convertir el divorcio contencioso en divorcio de mutuo acuerdo

SOLICITUD DE DIVORCIO CONTENCIOSO A DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Pues verás, tenemos dos formas de hacerlo. Hay que valorar la que más nos interese.

1.- Si firmamos el convenio antes del lunes, podemos enviarlo al juzgado junto con un escrito conjunto, indicando que hemos alcanzado un acuerdo y que queremos reconducir el divorcio contencioso a mutuo acuerdo.

El problema de esta forma de proceder es que el juzgado debe remitir los autos de nuevo a decanato para reparto y abrir nuevo expediente de mutuo acuerdo desde el que citarnos para la ratificación de nuevo.

2.- El mismo lunes en la vista, decirle a su señoría que hemos alcanzado un acuerdo y que lo traemos redactado en convenio para que lo recoja en la sentencia.

Así, aprovecharíamos el día para dejarlo ratificado, que el Fiscal que se encuentra allí diera ya el visto bueno, y que el juez ya sólo tuviera que dictar la sentencia.

Dada la situación, es la opción más aconsejable. El único problema es que el lunes se echasen atrás, y, al no haberlo comunicado previamente, que no quieran aceptar el acuerdo, lo que provocaría que tuviéramos que hacer el juicio.

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Por eso, lo mejor es una vez que tengamos el convenio al gusto de ambas partes, firmarlo y aportarlo el mismo lunes en sala, para que podamos utilizar el señalamiento como medio para ratificarlo. Con eso conseguimos que el juicio termine y que sólo quede dictar la sentencia incluyendo lo acordado.

Viernes por la mañana, y seguimos sin tener noticias de la aceptación de los términos del acuerdo.

Me pongo en contacto con el abogado contrario. Recibo una llamada en la que me explica que no pudo contactar con él en toda la tarde del jueves, y que le ha remitido mails para que se ponga en contacto con él.

Quedamos a la espera de recibir noticias a lo largo de la mañana.

Sin embargo, la vida es vivir en continuos desafíos y cuando crees que ya está todo arreglado llega la llamada inesperada del abogado contrario.

-Javier, siento decirte que no hay acuerdo. Mi cliente me dice que no puede hacer frente ni al pago de 200 € mensuales.

-¿Cómo? ¿pero en que no está de acuerdo?

-En todo. Que no hay forma que ahora quiere ir a juicio

-Bueno, pues nada, nos vemos el lunes. El verá, aunque probablemente el lunes al inicio se forzará un acuerdo por su señoría, porque hay muchas posibilidades de alcanzarlo. De hecho estaba cerrado. En fin, esta es la vida de los abogados de familia.

Los procesos de familia se pueden reconducir o transformar en cualquier momento previo al inicio de la vista oral en un mutuo acuerdo. Una de las grandes ventajas de estos procesos es que siempre está abierta la vía del diálogo y el entendimiento.

Al tratarse de una materia que regula la futura vida de los menores, tras la ruptura de la relación de pareja de sus padres, es lógico que alargue al máximo las oportunidades de alcanzar acuerdos.

En Casasempere abogados nos encanta cuando los padres consiguen entenderse y rebajar sus pretensiones.

El éxito de un buen acuerdo es que ambas partes se sientan ganadores y a la vez ambas partes cedan en sus pretensiones iniciales, pero si, como ocurre en este caso que os hemos relatado, hay una parte que se deja dominar más por su propio ego que por el sentido común, la mejor medicina es el juicio.

Si estas en pleno proceso de ruptura con hijos menores, esperamos que este post te ayude a reflexionar y a darte cuenta de que un acuerdo siempre es más fácil que se lleve a cabo que la sentencia obtenida tras el enfrentamiento judicial. Sin embargo, si te encuentras en una situación similar, no le temas al juicio. La vida siempre encuentra el mejor camino para obtener el resultado que más te beneficia, y si no se cierra el acuerdo es porque es mejor el juicio.

Y tú ¿qué experiencia viviste antes de tu vista? Déjanos tu comentario compartiendo tu experiencia de como llegaste a un acuerdo.

¿Te ha parecido útil la información de este post?

Te pedimos encarecidamente dos favores:

Cómo convertir divorcio contencioso a mutuo acuerdo – Safe Abogados

  • | Juridico, Separaciones y divorcios
  • Una de las grandes ventajas de contar con abogados de divorcio es que en esos complejos momentos a la hora de separarte te sientes aconsejado de la mejor forma posible frente a distintas dudas.
  • Y es que muchas veces empezamos una negociación, esta se rompe, interponiendo a continuación la demanda, pero pensando por el camino mientras se desarrolla el proceso judicial, que quizás habría sido mejor haberlo hecho de mutuo y pensando si se puede convertir el divorcio contencioso en mutuo acuerdo.
  • Para ello este artículo trataremos temas como:
  • ¿Cuál es el proceso para convertir el divorcio contencioso en mutuo acuerdo
  • ¿Supone algún coste más el convertir un divorcio contencioso en mutuo acuerdo
  • ¿Se puede negar el fiscal si hay menores a convertir un divorcio contencioso en mutuo acuerdo?

Ejemplo de transformación en mutuo acuerdo

Vamos a poner mejor un ejemplo para entenderlo:

  • Juan y Cristina están negociando su divorcio.
  • Juan rompe las negociaciones porque no está de acuerdo con lo que propone Cristina.
  • Juan interpone la demanda de divorcio contra Cristina.
  • El juzgado después que Cristina señala fecha de juicio
  1. Y ahora Juan y Cristina, se preguntan por separado si se puede llegar un acuerdo antes del juicio.
  2. Y la respuesta es sí.
  3. Sí se puede convertir un divorcio contencioso en uno de mutuo acuerdo. Y pueden llegar a un acuerdo:
  1. Una vez interpuesta la demanda.
  2. Una vez que admitan la demanda y den plazo para contestar a la parte contraria.
  3. Una vez que la parte contraria contesta y señalan fecha de juicio.
  4. En cualquier momento antes del juicio.
  5. El mismo día del juicio.
  6. El mismo día del juicio justo cuanto te llaman del juzgado para entrar.
  7. El mismo día del juicio cuando el juez llama a tu abogado para ver si hay posibilidad de acuerdo.

Es decir que siempre se puede llegar a un acuerdo y transformar el divorcio contencioso en un divorcio de mutuo acuerdo, si lo recoge la ley de enjuiciamiento civil en los artículos 770.5 y 777.

Cómo es la solicitud de conversión de divorcio contencioso a divorcio de mutuo acuerdo

Una vez que hemos visto que sí que es posible, veamos como sería el proceso dependiendo de la situación en la que nos encontrásemos.

¿Cuál es el proceso para convertir el divorcio contencioso en mutuo acuerdo?

  1. Si el acuerdo se produce días antes del juicio.

Tus abogados de familia lo que hacen es presentar un escrito de transformación de divorcio contencioso a mutuo acuerdo.

Éste es un escrito conjunto en el juzgado, aportando el acuerdo y luego cada juzgado es un mundo, unos te pueden llamar para que te ratifiques ante el letrado de administración de justicia y otros si ya hay juicio señalado el mismo día del juicio vais y os ratificáis.

  1. Si el acuerdo se produce el mismo día del juicio.

Aquí nuevamente cada juzgado es un mundo y puede pasar varias situaciones:

  • Que el juez suspenda el juicio, para que aportéis el convenio regulador por escrito y luego os llamen para ratificaros.
  • Que el juez quiera que enumeréis el acuerdo en el desarrollo del juicio para que quede grabado y las partes presten su conformidad y si luego no tenéis que ratificaros.
  • Que el juez quiera que enumeréis el acuerdo en el desarrollo del juicio para que quede grabado y las partes presten su conformidad y además le mandéis el convenio regulador detallado por email, para evitar problemas entre los progenitores.

¿Se puede negar el fiscal si hay menores a convertir un divorcio contencioso en mutuo acuerdo?

No, siempre que el acuerdo al que lleguen los progenitores no sea contrario para el interés de los menores.

Cuánto cuesta convertir un divorcio contencioso a mutuo acuerdo

¿Supone algún coste más el convertir un divorcio contencioso en mutuo acuerdo?

A nivel de juzgados No, a nivel de abogado y procurador todo dependerá de lo que hayas establecido en la hoja de encargo.

Conclusiones

Así las conclusiones son:

  1. Contencioso. Se puede empezar un juicio de familia de manera contenciosa y convertirlo de mutuo acuerdo sin problema.
  2. En cualquier momento. En cualquier momento del proceso se puede convertir un divorcio contencioso en mutuo acuerdo.
  3. Dos partes. Para poder convertir un divorcio contencioso en divorcio de mutuo acuerdo se necesita el consentimiento de las dos partes.

???? Transformación Divorcio Contencioso-Mutuo Acuerdo. Modificar Procedimiento de Divorcio

En ABOGA2 contamos con abogados matrimonialistas expertos en separaciones y divorcios. Sabemos que cada vez son más las parejas que se divorcian, pero el divorcio puede tramitarse por dos vías distintas, de forma contenciosa o de mutuo acuerdo.

Puede ocurrir que una pareja inicie su proceso de divorcio de forma contenciosa, pero posteriormente acaben acercando posturas rectificando sus opiniones contrapuestas, replanteándose así el modo en que tramitar su divorcio.

Debemos recordar que el divorcio de mutuo acuerdo presenta grandes ventajas para los cónyuges, ya que no solo suelen ser procedimientos más breves que los divorcios tramitados por la vía contenciosa, sino que además puede resultar más económicos para las partes, pues ambos, si quisieran, incluso podrían venir asistidos y representados por el mismo abogado y procurador.

Pero, ¿es posible modificar mi procedimiento de divorcio?

Efectivamente, el artículo 770.5º de la LEC concede la posibilidad de que proceso de tipo contencioso termine siendo un divorcio de mutuo acuerdo:

El art 770.5ª LEC concretamente dispone: “En cualquier momento del proceso, concurriendo los requisitos señalados en el artículo 777, las partes podrán solicitar que continúe el procedimiento por los trámites que se establecen en dicho artículo.”

  • Por tanto, para que se produzca esta conversión, será necesario que se cumplan los requisitos del divorcio de mutuo acuerdo, o lo que es lo mismo, presentar una propuesta de Convenio regulador en el que las partes regulen de común acuerdo los efectos del divorcio, que no ha de ser necesariamente la misma en ambos casos, pero que evidencie la intención de ambos cónyuges de llegar a un acuerdo evitando el juicio.
  • Al hilo de esto, os contamos un caso que tuvimos recientemente en ABOGA2 de Madrid:
  • Nuestra clienta decidió buscar un despacho que contara con abogados expertos en derecho matrimonial, llegando a nuestra sede sita en Plaza Castilla, y nos comentó que quería divorciarse de su marido con el que tenía dos hijos en común, dadas las malas relaciones existentes entre ellos y la situación insostenible que la pareja atravesaba.
  • Así, nuestros expertos abogados de familia le ayudaron a interponer la demanda de divorcio contencioso, solicitando que se atribuyera la custodia compartida de los menores a ambos progenitores.
  • Sin embargo, posteriormente los cónyuges llegaron a una solución amistosa de las desavenencias existentes en el matrimonio,
    consiguiendo alcanzar un acuerdo en la regulación de su divorcio.
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Por eso, nuestros abogados presentaron un escrito al Juzgado de Primera Instancia d que había estimado la demanda contenciosa, en el que solicitaban la reconducción del procedimiento de divorcio contencioso del art.

770 LEC a la vía del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo por los trámites del art.

777 LEC, aportando junto a este escrito la correspondiente propuesta de Convenio regulador y solicitando que se citara a los cónyuges para su ratificación.

Si quieres leer la resolución puedes hacerlo en el siguiente enlace

Divorcio contencioso: trámites y procedimiento

Si te estás planteando el divorcio y tu pareja no está de acuerdo deberás iniciar un procedimiento de divorcio contencioso.

Aunque lo aconsejable es siempre el divorcio de mutuo acuerdo por el bien de tus hijos, el tuyo y de tu pareja, hay casos en los que este tipo de divorcio no es posible y no queda más remedio que acudir a la vía contenciosa.

Desventajas del divorcio contencioso

Debes tener en cuenta la duración del divorcio, ya que en caso de divorcio contencioso el procedimiento es más largo y más costoso económicamente.

Además, hay que tener muy en cuenta que en caso de divorcio contencioso la decisión final será tomada por el Juez, por lo que ambas partes tienen una mayor incertidumbre y se arriesgan a no ver satisfechas sus pretensiones.

Por ello, antes de iniciar un procedimiento de divorcio contencioso, y si no se parte de un acuerdo previo, es recomendable valorar la opción de acudir a mediación familiar. Con la ayuda de un mediador se puede intentar lograr un acuerdo que sea positivo para las dos partes aleje el divorcio de los tribunales.

Pero si no puedes llegar a un acuerdo de convenio regulador con tu cónyuge que regule el divorcio, te explicamos lo que debes saber sobre el divorcio contencioso.

  • El divorcio por vía contenciosa supone, en la mayoría de las ocasiones, someter a progenitores e hijos a estudios psicosociales, declaraciones judiciales y en general a un ambiente de crispación y hostilidad.
  • Es siempre preferible optar por la vía del mutuo acuerdo porque la regulación de la nueva situación nace desde el acuerdo y no desde la crispación, evitando así las odiosas etiquetas de 'vencedores' y 'vencidos' y que una de las partes se quede con el sentimiento de, en cuanto pueda, instar una modificación de medidas.
  • Santiago Escalas, abogado especialista en derecho de familia en Sierra Abogados

¿Cuáles son las causas de divorcio contencioso?

Antes de la reforma introducida por la Ley 15/2005, de 8 de julio, para pedir el divorcio era preciso alegar alguna de las causas contempladas en el Código Civil.

Actualmente, el divorcio se puede solicitar sin alegar causa alguna. Es suficiente la voluntad de uno de los cónyuges para solicitar el divorcio.

El único requisito exigido por la ley para solicitar el divorcio es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

La excepción a este requisito es que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

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Procedimiento de divorcio contencioso

El procedimiento de divorcio contencioso se regula en los artículos 769 y 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las reglas esenciales en materia de divorcio contencioso son las siguientes:

Juzgado competente para el divorcio contencioso

  1. La demanda de divorcio contencioso se podrá presentar en el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal o en su defecto, el demandante podrá elegir entre el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.

  2. A falta de estos, podrá ser el Juzgado del lugar donde se encuentre el demandado o el de su última residencia.
  3. Los acuerdos de los cónyuges sobre el lugar de presentación de la demanda de divorcio contencioso contrarios a lo establecido serán nulos.

Tipo de procedimiento judicial

Tanto si hay hijos menores como si no los hay, las demandas de divorcio contencioso se tramitarán como un Juicio Verbal, un tipo procedimiento que se dilata en el tiempo.

Si consigues un acuerdo con tu cónyuge podrás optar por un divorcio de mutuo acuerdo o divorcio express, mucho más rápido y económico.

Presentación de demanda de divorcio contencioso

Para iniciar el procedimiento contencioso de divorcio deberás presentar una demanda de divorcio acompañada de los siguientes documentos:

  • Certificación de inscripción del matrimonio.
  • En su caso, certificación de nacimiento de los hijos.
  • Documentos que fundamente tu pretensión de divorcio.
  • Si solicitas medidas patrimoniales, documentos que acrediten la situación económica de los cónyuges o, en su caso, de los hijos (nóminas, títulos de propiedad, certificados bancarios…).

Contestación de demanda de divorcio contencioso

  • El cónyuge demandado deberá contestar a la demanda en el plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de demanda.
  • Si hubiera hijos menores en común también se dará traslado de la demanda al Ministerio Fiscal para su contestación.
  • Ante la demanda de divorcio, el cónyuge demandado podrá elegir las siguientes opciones:
  1. No contestar a la demanda sin causa justificada, ni personarse en el procedimiento (rebeldía). En este supuesto, se entiende que admite lo alegado por el cónyuge demandante.

  2. Personarse en el proceso pero no contestar.

    Aunque no conteste a la demanda, el cónyuge demandado podrá personarse para conocer las medidas que el Juez adoptará en relación con la pensión de alimentos, guardia y custodia, uso de la vivienda familiar…

  3. Allanarse a la demanda.

    Es decir, aceptar las medidas solicitadas por el cónyuge demandante.

  4. Contestar a la demanda. El cónyuge demandado alega todo lo que estime oportuno frente a lo que pretende el cónyuge demandante.
  5. Contestar y Reconvenir. El cónyuge demandado al contestar podrá solicitar sus propias pretensiones.

Celebración de la vista

  1. La vista es una audiencia pública en la que el Juez se reúne con las partes para ratificarse en sus pretensiones y practicar la prueba que se pueda realizar.

  2. La falta de asistencia a la vista sin causa justificada podrá suponer que se admiten los hechos alegados por el compareciente.

  3. Las pruebas que no se puedan efectuar en el momento de la vista, se realizarán en el plazo que señale el Juez, que no podrá exceder de 30 días.

Sentencia judicial de divorcio contencioso

El Juez dictará sentencia decretando el divorcio y establecerá las medidas adecuadas sobre los aspectos económicos y personales que regirán después del divorcio.

Como hemos comentado anteriormente, una de las desventajas del divorcio contencioso es que las medidas tanto patrimoniales como personales que regirán el futuro tras el divorcio quedan al arbitrio de un tercero, el Juez, arriesgándose ambas partes a quedar insatisfechas con el resultado.

¿Es posible cambiar un proceso de divorcio contencioso a mutuo acuerdo?

En cualquier momento del proceso de divorcio contencioso, las partes podrán solicitar que el procedimiento continúe los trámites del proceso de mutuo acuerdo.

Es preciso que se establezca en convenio regulador:

La importancia de contar con un abogado especialista

En los procedimientos de divorcio contencioso hay mucho en juego, ya que muchas de los aspectos a determinar, tales como la custodia de los hijos, la atribución de la vivienda familiar, la pensión de alimentos o la pensión compensatoria, entre otros, tienen importantes efectos familiares y económicos durante años.

Un resultado desfavorable puede implicar el tener que pagar durante años una pensión de alimentos más alta de lo que podría haberse conseguido, o percibir una pensión más baja de la que se podría haber logrado, o tener hasta la mayoría de edad de los hijos un régimen de custodia no deseado…

Por lo tanto, es siempre recomendable para obtener el mejor resultado posible para tus intereses contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho de familia.

Con ello te asegurarás de contar en tu defensa con un profesional con amplios conocimientos y experiencia en la materia, que te ayudará a maximizar tus opciones de tener éxito. No te dejes seducir por contratar el abogado más barato, ya que las consecuencias de un mal divorcio son muy caras.

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