El delito leve de injurias leves se establece en el artículo 173.
4 del Código Penal que dice que aquel que cause injuria o vejación injusta de carácter leve siendo el ofendido alguna de las personas establecidas en el artículo 173.
2, será castigado con pena de localización permanente de cinco a treinta días, trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días o multa de uno a cuatro meses.
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En ABOGAPENAL, velamos por los derechos de nuestros clientes un equipo de abogados penalistas especializados en delito leve de injurias a su disposición en cualquier punto de España.
- Sobre las injurias leves en la actualidad
- Muchas de las faltas a raíz de la última reforma del Código Penal, como vimos en otros epígrafes, fueron reconvertidas en delitos leves.
- Sobre las injurias leves en la vía penal
Con carácter previo, se ha de significar que por lo general las injurias leves en la actualidad ya no se tratan en la vía penal. Antes de la reforma del Código Penal datada en 2015, eran constitutivas de falta. No obstante, a raíz de la supresión de las mismas se han despenalizado y en consecuencia, el perjudicado ha de acudir a la vía civil a hacer valer sus derechos si bien es cierto que hay un supuesto, que veremos más adelante, en el que la jurisdicción penal conocerá de las injurias leves. En el antiguo Código Penal, las injurias leves como hemos dicho eran constitutivas de falta y se encontraban tipificadas en el artículo 620 llevando aparejadas la pena de multa de diez a veinte días. En cambio, en el caso de las injurias leves el legislador optó por despenalizarlas. No obstante, como ya se ha adelantado, existen ciertos supuestos que actualmente se siguen tratando en la vía penal. Estudiemos este extremo.
Analizando la actual redacción del Código Penal, hemos de detenernos en su artículo 174.4.
El referido precepto, establece que aquel que “cause injuria o vejación injusta de carácter leve, cuando el ofendido fuera una de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, será castigado con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses, esta última únicamente en los supuestos en los que concurran las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84“.
Aquí tenemos el único supuesto de injurias leves que en la actualidad tiene la consideración de delito leve y por lo tanto es competencia de la jurisdicción penal. Como se puede observar, para hablar de delito leve de injurias, el ofendido debe ser alguna de las personas establecidas en el artículo 173.2 CP. En el resto de situaciones, el interesado deberá acudir a la jurisdicción civil a hacer valer sus derechos. Se ha de añadir, que en cualquier caso las injurias únicamente serán perseguibles mediante denuncia del agraviado o su representante legal. Llegados a este punto, conviene precisar quiénes son las personas a las que alude el artículo 173.2 CP. Únicamente cuando el ofendido sea alguna de las personas establecidas en dicho precepto, podremos hablar de delito leve de injurias:
- A) Quién sea o haya sido cónyuge del sujeto activo o persona que se encuentre o haya estado ligada al mismo por análoga relación de afectividad aún sin convivencia.
- B) Descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad del cónyuge o conviviente.
- C) Menores o personas discapacitadas o incapacitadas judicialmente necesitadas de especial protección que convivan con él sujeto activo o se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente.
- D) Persona amparada en cualquier otra clase de relación por la que se halle integrada en el núcleo de su convivencia familiar.
- E) Personas que dada su especial vulnerabilidad se encuentren sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.
- En último lugar, se ha de subrayar que los delitos leves, al contrario que las antiguas faltas, SÍ generan antecedentes penales con las consecuencias que ello comporta.
- Juicio por delito leve de injurias
En caso de que usted haya sido citado para comparecer ante el Juzgado acusado de haber cometido un delito leve de injurias por ser el ofendido una de las personas referenciadas en el artículo 173.2 del Código Penal, no dude.
Póngase en contacto con nuestros especialistas de ABOGAPENAL. Si bien es cierto que por regla general la asistencia de abogado en los juicios por delito leve es facultativa, recomendamos encarecidamente que sea asistido por un profesional a fin de obtener el resultado más favorable posible.
En relación al procedimiento por delitos leves, ha de saber que el mismo es muy parecido al antiguo juicio de faltas. Dicho procedimiento, carece de una fase de instrucción propiamente dicha y la competencia para la fase de enjuiciamiento corresponde a los Juzgados de Instrucción o, en su caso, a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Sea cual sea su caso, si bien hemos dicho que la Ley no obliga a que comparezca asistido de abogado, recomendamos que sí lo haga dado que los delitos leves generan antecedentes penales y ello puede tener consecuencias muy negativas en su vida cotidiana. No dude, póngase en contacto con nosotros vía telefónica o bien a través del formulario adjunto a fin de que nuestros penalistas especialistas en delito leve de injurias puedan abordar su caso con la mayor celeridad posible.
Contents
- 1 Adiós a los juicios por insultos
- 2 Requisitos y la pena (Código Penal) si eres condenado por un delito leve por lesiones en juicio
- 2.1 ¿En qué consiste el delito leve por lesiones y cuáles son los requisitos?
- 2.2 Requisitos lesiones leves
- 2.3 El delito de leve de lesiones en el Código Penal
- 2.4 ¿A qué penas y multas te enfrentas por golpear a una persona si eres condenado?
- 2.5 ¿Cómo afrontar el juicio por delito leve por agresión física?
- 2.6 Delito leve de lesiones absolución
- 2.7 ¿Cuándo prescribe un delito leve?
- 2.8 ¿Cuánto tarda un juicio por delito de lesiones?
- 2.9 ¿Quién paga las costas de un juicio por delito leve?
- 2.10 Tengo una denuncia por lesiones leves: nuestro consejo antes de ir a juicio.
Adiós a los juicios por insultos
Los insultos a las autoridades seguirán penalizados. Dos raperos de Baiona fueron juzgados en el 2011 por insultar y amenazar en sus canciones a un agente. 20 jóvenes se solidarizaron con ellos. m. moralejo 12 jun 2015 . Actualizado a las 05:00 h.
Los juicios de faltas a un vecino que insulta al otro o a un grupo de amigas que puso verde a otra por WhatsApp son un clásico de los tribunales pero a partir de julio desaparecerán por un cambio legal. Los jueces de instrucción dedican innumerables horas a resolver más de mil litigios de este tipo al año.
Son pleitos tan comunes y banales que los funcionarios vigueses los han rebautizado con el curioso nombre de chamoumes. Hacen referencia al paisano que viene a denunciar que su vecino «chamoume isto e mailo outro».
Los juicios se celebraban en presencia del fiscal, que incluso podía pedir al juez que confinase al condenado en su casa durante varios días como castigo además de imponerle una multa.
La reforma del código penal, que entra en vigor el 1 de julio, eliminará los juicios de chamoumes. Estas injurias o vejaciones leves quedan despenalizadas y pasan a convertirse en meras sanciones administrativas. El ofendido podrá presentar una demanda en los tribunales de lo civil.
Aquellas personas denunciadas por una falta de injurias leves o vejaciones injustas que, a 1 de julio, aún no hayan sido juzgadas se beneficiarán del cambio legal y la sentencia solo hará referencia a cuestiones que afecten a la responsabilidad civil y a las costas. Queda excluidos los insultos a la cónyuge, exparejas, menores que convivan en el ámbito familiar y hermanos o padres, que serán considerados delitos leves, lo mismo que las injurias a las autoridades.
Otras faltas que pasarán a ser sanciones administrativas son los incumplimientos de regímenes de visitas de los hijos, un asunto que queda despenalizado.
Este tipo de delitos banales dejarán de ser resueltos por una institución tan garantista como el juzgado porque, según explica el preámbulo de la ley, se dedicaban muchos recursos públicos a enjuiciar cuestiones privadas o irrelevantes, por lo que era totalmente desproporcionado el despliegue. Su desaparición liberará al magistrado de instrucción, que dispondrá de más tiempo para centrarse en materias más urgentes. Por ejemplo, ahora el juez podrá estar menos mañanas en la sala y acelerar las investigaciones prioritarias como crímenes, atracos a bancos, fraude fiscal o corrupción. El problema es que la nueva ley solo da un plazo de 6 meses al juez para encontrar pruebas contra los investigados (antes llamados imputados) y recibir los informes periciales, que suelen tomarse su tiempo.
Aunque los chamoumes desaparecen, los jueces y secretarios tendrán que hacer el seguimiento de las ejecuciones de condenas de delitos menores.
Muchas otras faltas, como los hurtos inferiores a 400 euros, lesiones de escasa gravedad, amenazas o maltrato animal serán delitos leves que juzgará el juez y que generarán antecedentes.
El juez decano de Vigo, Germán Serrano, cree que la reforma apenas variará el funcionamiento de los juzgados de instrucción. Allí están pendientes de que se reforme el programa informático judicial Minerva.
La Oficina de Atención al Ciudadano de los juzgados de Vigo recibe desde hace año y medio a numerosos ciudadanos en situación «desesperada» que acuden a pedir «justicia social».
La oficina atiende a una media de diez consultas de ciudadanos al día, muchos de los cuales ya no tienen a dónde acudir salvo a los tribunales porque el resto de las instituciones no les ha dado ninguna solución.
«Es una avalancha de peticiones», aseguran fuentes cercanas a la oficina.
En general, se trata de consumidores que se han visto engañados al reclamar un servicio o que creen que han sufrido una situación de injusticia a la que ningún otro organismo ofrece solución.
Los funcionarios, a veces, los remiten al juzgado correspondiente para que presenten la demanda pero otras veces, lo que quiere el ciudadano es una especie de «justicia social», que afectaría más a otras instituciones relacionadas con consumo o los servicios sociales.
Por ejemplo, una de las últimas consultas fue la de una inquilina que, según contó, pagó la renta de un mes y otro de señal pero, tras firmar el contrato de alquiler, entró en la vivienda y se encontró con que la nevera no funcionaba.
Al protestar, según contó, la dueña le quitó las llaves de la mano y la echó, por lo que tuvo que irse a dormir a casa de una amiga. Injusticias como esta llegan todos los días a la oficina por problemas de abusos hacia el consumidor.
Archivado en: Vigo ciudad Código penal Whatsapp Fraude fiscal Corrupción
Requisitos y la pena (Código Penal) si eres condenado por un delito leve por lesiones en juicio
El delito leve de lesiones tiene su origen como consecuencia de presentar una denuncia por golpear a una persona y solicitar una indemnización por agresión física.
Por nuestra experiencia, hemos visto que estas agresiones se producen en circunstancias de lo más variadas: peleas por disputas en la conducción, discotecas, entre vecinos, etc. Pero en todos los casos lo que preocupan son las consecuencias jurídicas.
En este artículo, nuestros abogados penalistas te van a explicar qué es el delito leve por lesiones, qué requisitos tienen que darse y las penas que establece el Código Penal.
¿En qué consiste el delito leve por lesiones y cuáles son los requisitos?
Una lesión supone, desde el punto de vista penal, cualquier daño que se genere sobre la integridad corporal o la salud física y/o mental de una persona. Esos daños, pueden variar desde los más graves a los más leves.
Para que un delito por lesiones sea considerado como leve, se tiene que dar una agresión que únicamente requiera una asistencia médica facultativa. Es decir, que no sea necesario un tratamiento o una intervención quirúrgica para tratar los daños.
Así, una lesión que solo necesita la prescripción de un medicamento, sería considerada como leve. Por el contrario, si se dan lesiones que precisan por ejemplo, de puntos de sutura, su gravedad sería mayor.
Requisitos lesiones leves
Por tanto, los requisitos para que se considere que existe delito leve por lesiones serán principalmente dos:
- Que por un lado dichas lesiones únicamente requieran una primera asistencia médica, sin necesidad de tratamiento o intervención quirúrgica.
- Obligatoriamente, el afectado tiene interponer una denuncia. Sin ella, no se considera que existe tal delito.
El delito de leve de lesiones en el Código Penal
Como ya decíamos, la principal modificación del Código Penal que entró en vigor en julio de 2015, fue el tratamiento de este tipo de acciones. Lo que antes se consideraba como faltas, ahora pasa a ser delito leve de lesiones.
Estos cambios, hacen que, además de que sea concebido como delito, las penas se hayan elevado y ahora ser autor de este tipo de conductas se paga con antecedentes penales.
¿A qué penas y multas te enfrentas por golpear a una persona si eres condenado?
Tal y como lo define el propio Código Penal en su Artículo 147.2, el causante de un delito leve por lesiones:
“Será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.”
Esta multa por golpear a una persona puede variar en función de cada caso. En aquellos en los que no se haya producido una agresión física, la pena será de entre uno y dos meses de multa. Y en los que sí exista una agresión física, las penas serán podrán llegar a los tres meses de multa.
- En relación a la cuantía de la multa, se tendrá en cuenta la situación e ingresos económicos del autor de dicho delito.
- En caso de no hacer efectivos los pagos, se impondrá un día de prisión por cada dos cuotas de multa impagadas.
- Por otro lado, recordamos que este tipo de delito, aunque sea leve, conlleva antecedentes penales.
Recuerda que existe el principio de presunción de inocencia, y no podrás ser condenado sin prueba de cargo válida.
¿Cómo afrontar el juicio por delito leve por agresión física?
Como te decíamos más arriba, para que se entienda que existe delito leve por lesiones, se tiene que presentar de forma obligatoria una denuncia por parte del afectado.
Una vez es presentada y admitida, se procede a llevar el caso a juicio. Antes, cuando este tipo de acciones se contemplaban como faltas, se citaba al afectado para que un médico forense examinara las lesiones.
Por el contrario, ahora es necesario que el perjudicado presente una denuncia con las correspondientes pruebas de la atención médica recibida.
Más tarde, en juicio, se citarán a ambas partes y el juez dictará sentencia.
El plazo fijado para presentar la denuncia es de un año desde que se producen las lesiones. Esta deberá ser interpuesta por el afectado o, en su defecto, su representante legal.
Ante este tipo de situaciones, a pesar de que hablamos de un delito menor, siempre será recomendable contar con el apoyo y asesoramiento de un abogado que guie en cada uno de los pasos a seguir.
Delito leve de lesiones absolución
- Si en la sentencia dictada se indica que se absuelve al acusado, significa que no han quedado probado los hechos (o al menos, de manera suficiente), y que por lo tanto, resultaras inocente por no acreditarse el delito.
- Si no hay delito, tampoco existirían antecedentes penales.
- Dependiendo de la instancia en la que te encuentres, esa sentencia podría ser recurrida por si la valoración del juez que conoció el caso pueda estar sujeta a otra interpretación.
¿Cuándo prescribe un delito leve?
Con las novedades introducidas en el Código Penal, la prescripción de este delito también ha cambiado.
Antes, cuando se consideraban estas conductas como faltas, la prescripción era de 6 meses. Sin embargo, al ser entendido como delito, ha pasado a 1 año.
¿Cuánto tarda un juicio por delito de lesiones?
- No podemos precisar con certeza lo que se tarda en un juicio por delito de lesiones, ya que, en gran parte, dependerá de los plazos en los que se citen y presten declaración las partes, si hay recursos de reforma y/o subsidiarios de apelación, que no se haya saltado el juzgado o alguna de las partes de fases del procedimiento por el que solicitar la nulidad, etc.
- Aunque no siempre es así en todos los casos, el último juicio de lesiones que tuvimos duró aproximadamente 4 años hasta que tuvimos sentencia.
- En los delitos leves de lesiones, en cuestión de 5-6 meses podríamos tener sustanciado el caso.
¿Quién paga las costas de un juicio por delito leve?
En los juicios por delitos leves no es obligatorio que estés defendido y representado por abogado (aunque siempre recomendable).
Por ende, si una de las partes decide necesitar de los servicios de abogado, se tendrá que encargar ella misma de sufragar sus honorarios.
Tengo una denuncia por lesiones leves: nuestro consejo antes de ir a juicio.
Nos hemos encontrado casos en los que hemos tenido que recurrir sentencias ante la Audiencia Provincial por denuncias por agresión física, en las que, pese a no ser obligatorio, has ido a juicio sin abogado. Entendemos no puedes dejar al devenir del juicio, ninguna parte del procedimiento, ya que en caso contrario, puede resultar complicado desvirtuar lo establecido en la resolución judicial.
Tienes derecho a la presunción de inocencia y a un procedimiento con garantías. No dejes pasar por alto este consejo, y acude a tu abogado de confianza. Si necesitas alguna aclaración sobre lo que hemos tratado, no dudes en contactarnos:
Garón Abogados
Dirección: Calle de Jorge Juan, 28, 28001 Madrid
Teléfono: 911 12 41 68